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Las aerolíneas se libran de pagar: solo un 15% de los afectados reclama

Redacción | Domingo 06 de octubre de 2019
Termina un verano en el que las huelgas de aerolíneas han sido el compañero habitual de los viajeros que decidían tomar un vuelo es sus vacaciones. Iberia, Ryanair, British Airways o Vueling han protagonizado durante estos meses innumerables retrasos, cancelaciones y modificaciones de plan de vuelo que han afectado a los viajeros de forma constante, especialmente por las huelgas durante el mes de agosto y septiembre.

A falta de datos oficiales del número de pasajeros afectados por las cancelaciones y retrasos que estas huelgas han provocado, desde la plataforma Reclamación de Vuelos, estiman basándose en estadísticas de aeropuertos y miles de reclamaciones, que alrededor de 300.000 pasajeros podrían reclamar. Sin embargo, apuntan, “tan solo un 15 por ciento reclamará por estas incidencias a las compañías aéreas”.

Dos motivos principales por los que no reclaman los pasajeros:

  • Desconocimiento de los derechos que les asisten: Aunque cada año los pasajeros son más conscientes de las obligaciones de las aerolíneas, “por norma general, la gente desconoce que puede tan siquiera reclamar por ello, y quienes son conscientes de que se puede reclamar, no conocen todas las casuísticas y les lleva a pensar, por ejemplo, que una huelga de una aerolínea no se puede reclamar, o que un cambio de itinerario tampoco, y sí se puede” argumenta Javier López, director de comunicación de la plataforma.
  • La idea preconcebida de que no merece la pena reclamar: La mayoría de los pasajeros prevén un proceso largo, complejo y tedioso con pocas probabilidades de que les lleve a alguna parte.
  • “Y no les falta razón…”, asegura Rafael de la Peña, CEO de Reclamación de Vuelos: “De los pasajeros afectados que se decidan a reclamar por sus propios medios ante la aerolínea responsable, nuestros estudios constatan cómo únicamente un 5 por ciento de estos usuarios logrará recibir la indemnización que les corresponde. Además, si los incidentes tienen lugar durante una huelga, el pronóstico es aún peor. Pues este porcentaje disminuye a un 1 por ciento, ya que, por regla general, las aerolíneas se escudan en que los motivos de esos incidentes son “ajenos” a su operativa y niegan cualquier responsabilidad cuando, de hecho, el Tribunal Europeo da la razón a los afectados”.

    “Al ser hechos controvertidos, especialmente los de las huelgas de aerolíneas, es necesario reclamar y hacerlo a través de profesionales para que realmente las aerolíneas asuman su responsabilidad”, señala Javier López. “Así lo hicimos el año pasado contra Ryanair con una tasa de éxito del 96% hasta la fecha” y señala que “iniciar una reclamación contra una aerolínea lleva minutos en reclamaciondevuelos.com. Aseguramos un 98% de casos de éxito (incluso en huelgas), sin riesgo y sin adelantar dinero. Solo se puede ganar”.

    Aviso a los afectados por huelgas

    • Aunque las aerolíneas aleguen que no se puede reclamar por una huelga sí que se puede.
    • Si una aerolínea modifica el plan de vuelo con menos de 14 días de antelación a la fecha de salida se puede reclamar incluso aunque el afectado acepte los cambios.

    En el caso de las reclamaciones a Vueling motivadas por la huelga de Iberia, ¿a quién debo reclamar por la huelga? ¿A Vueling o a Iberia?

    Si una persona se ve afectada por un retraso, cancelación, cambio de itinerario u overbooking por las huelgas de Iberia deberá reclamar a la aerolínea con quien contratase el vuelo.

    La respuesta se fundamenta en dos motivos principales:

    • El pasajero afectado no es responsable de que la aerolínea no preste el servicio debido a los acuerdos con terceros. En todo caso será aerolínea con la que hemos volado la que deba reclamar a Iberia posteriormente e iniciar acciones legales contra ellos si fuera necesario.
    • El GRUPO IAG (International Airlines Group) está compuesto por Iberia, British Airways, Level, Vueling Airlines y Aer Lingus. En otras palabras, son "la misma empresa" y aprovechan sinergias dando servicio entre las aerolíneas del grupo y si no respondiera una respondería la otra de manera subsidiaria. Si bien, en primera instancia se reclama a la aerolínea con la que se contratara el vuelo.

    Respuestas tipo de Vueling para rechazar las reclamaciones que no debe tener en cuenta el afectado:

    “Lamentamos informarle que no se debe una compensación monetaria, porque la cancelación del vuelo fue causada por una huelga externa de los operadores de tierra que no son empleados de Vueling. Las actividades de empleo de estos gestores no son parte de la gestión normal de Vueling y, por lo tanto, la huelga estaba fuera del control real de Vueling, ya que Vueling no tenía influencia ni papel que desempeñar en las negociaciones de estos gestores y empleados con su empleador. En este sentido, se justifica la excepción de "circunstancias extraordinarias", tal como se establece en el artículo 5.3 del Reglamento y en virtud de la doctrina jurídica del TJE”.

    “Con respecto a su reclamo de compensación, hemos ha analizado su caso, que debe ser tratado de conformidad con el Reglamento (CE) Nº 261/2004 (el "Reglamento") y la doctrina jurídica pertinente del Tribunal de Justicia Europeo. En este caso, sin embargo, lamentamos informarle que no se debe una compensación monetaria, porque la cancelación del vuelo fue causada por una huelga externa de los operadores de tierra que no son empleados de Vueling."


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